©JJREGA Desde el 5 de enero de 2022 la custodia de las mascotas en caso de separación o divorcio se podrá acordar a favor del cónyuge que no figure como titular del animal. El artículo 91 del CC recoge lo siguiente : En las sentencias de nulidad, separación o divorcio, o en ejecución de las mismas, la autoridad judicial, en defecto de acuerdo de los cónyuges o en caso de no aprobación del mismo, determinará conforme a lo establecido en los artículos siguientes las medidas que hayan de sustituir a las ya adoptadas con anterioridad en relación con los hijos, la vivienda familiar, el destino de los animales de compañía , las cargas del matrimonio, liquidación del rég...
Análisis de la jurisprudencia y novedades en materia de Derecho de Familia.