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Mostrando entradas de diciembre, 2023

CAMBIO DE CUSTODIA MATERNA A COMPARTIDA. EDAD DEL MENOR. CONDENA POR VIOLENCIA DE GÉNERO CUMPLIDA. STS 27-11-2023

    STS, a 27 de noviembre de 2023 - ROJ: STS 5273/2023 RESUMEN:  MODIFICACIÓN DE MEDIDAS PATERNO FILIALES. ALTERACIÓN DE CIRCUNSTANCIAS. CAMBIO DE CUSTODIA MATERNA A COMPARTIDA. EDAD DEL MENOR. CONDENA POR VIOLENCIA DE GÉNERO CUMPLIDA.   https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/a83daa8490da00d2a0a8778d75e36f0d/20231215 TERCERO.- Desestimación del recurso de casación interpuesto El recurso no debe ser estimado. En efecto, esta sala se ha pronunciado con reiteración en el sentido de que el régimen de custodia compartida constituye manifestación del interés superior del menor ( sentencias 386/2014, 2 de julio; 393/2017, de 21 de junio; 311/2020, de 16 de junio; 559/2020, de 26 de octubre; 175/2021, de 29 de marzo, y 404/2022, de 18 de mayo, entre otras), en tanto en cuanto: 1) fomenta la integración del niño con ambos padres, evitando desequilibrios en los tiempos de presencia; 2) se evita el sentimiento de pérdida; 3) no se cuestiona la idoneidad de los progenitores;

Liquidación de sociedad de gananciales. Valoración de los bienes realizada por el contador partidor. STS 29-12-2023

  STS, a 29 de noviembre de 2023 - ROJ: STS 5285/2023 RESUMEN:  Derecho de familia. Liquidación de sociedad de gananciales. Valoración de los bienes realizada por el contador partidor. Motivación. https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/609e41430e9ed5bea0a8778d75e36f0d/20231218 Recurso de casación TERCERO.- Planteamiento del recurso de casación. Decisión de la sala. Estimación del recurso 1.        Formalmente el recurso se presenta como si tuviera dos motivos, pero realmente se trata de uno solo, pues en el primero se denuncia la infracción de norma aplicable (único motivo posible del recurso de casación) y en el segundo se alude a la jurisprudencia de la sala, lo que no es un motivo del recurso de casación sino que, en todo caso, fundamentaría la existencia de interés casacional.   El recurso de casación denuncia la infracción por inaplicación de los arts. 1358 y 1397.3 CC acerca de la obligación de establecer en el activo de la sociedad de gananciales los créd

Guarda y Custodia y enfermedad mental del padre. STS 29-11-2023

    STS, 29 de noviembre de 2023 - ROJ: STS 5307/2023 https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/2c36917c8d27c827a0a8778d75e36f0d/20231220 El recurrente cuestiona que su enfermedad le incapacite para el ejercicio de la custodia compartida, y analiza el informe pericial mencionado, destacando los factores positivos de la evolución de su enfermedad, la nula incidencia negativa en la posibilidad de ejercer las funciones parentales con normalidad, la conciencia de que se padece la enfermedad, la estabilización derivada del seguimiento durante el último año del tratamiento médico, etc. En su conclusión final, razona que no existen motivos para impedir la custodia compartida y que no se deduce del informe emitido en la segunda instancia ninguna razón para no acordarla. Por ello, entiende que debería haber sido analizado por la Audiencia, siendo su omisión constitutiva de indefensión y de falta de motivación suficiente, lo que ha dado lugar a una sentencia arbitraria e ilógica.  

Modificación de medidas.Se reitera la doctrina de la sala sobre la custodia compartida y el interés del menor. STS 27-11-2023

  STS, a 27 de noviembre de 2023 - ROJ: STS 5193/2023 ECLI:ES:TS:2023:5193   Sala de lo Civil   Nº de Resolución: 1644/2023   Municipio: Madrid   Ponente: ANTONIO GARCIA MARTINEZ   Nº Recurso: 4583/2022 RESUMEN: Modificación de medidas. Guarda y custodia compartida. Recurso de casación. Se estima. Se reitera la doctrina de la sala sobre la custodia compartida y el interés del menor. https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/a2702b7eb74a65d8a0a8778d75e36f0d/20231212 SEGUNDO. Motivos del recurso. Alegaciones de la recurrida y de la fiscal. Decisión de la sala Motivos del recurso 1. El recurso interpuesto se funda en dos motivos: 1.1 El motivo primero se introduce con el siguiente encabezamiento: "Al amparo de lo dispuesto en el art. 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por infracción de los arts. 90 y 91 del Código Civil, en relación con el art. 3.1 de la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de fecha 20 de noviembre de 1989, el art. 39 d

LAS LEGÍTIMAS Y LA SOCIEDAD ACTUAL

                                                                                                    ©jjrega LAS LEGÍTIMAS Y LA SOCIEDAD ACTUAL  Autor: Juan José Reyes Gallur.  Abogado. Es indudable que estamos ante una sociedad digital, de mayores más longevos que los agricultores o nobles del siglo XIX cuando se publica nuestro actual código civil y mantiene casi intacto el sistema de legítima y de heredero forzoso [1] . La sociedad actual evidentemente ha cambiado, ya el causante no deja la finca de cultivo o fallece a una temprana edad, hoy en día los padres dejan a sus hijos una formación o situación profesional y económica que en muchas ocasiones hace que éstos tengan un mayor nivel económico que sus padres. La esperanza de vida se ha duplicado en al sociedad española desde el Código civil de 1.889, la edad media de fallecimiento eran los cincuenta años, hoy se llega cerca de los 90. Además, se pasa de una familia mononuclear a distintos vínculos o núcleos familiares desd