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Mostrando entradas de octubre, 2022

No procede adición si se conocía la existencia del bien y hay una clausula de cierre en convenio. STS 5 -10-2022

  RESUMEN:  Liquidación de gananciales. Acción de adición o complemento. Improcedencia. Omisión en la liquidación de premio de lotería cuya existencia era conocida por ambos esposos en el momento de confeccionar el inventario que se incluyó en el convenio regulador. Cláusula de cierre incluida en el convenio por la que se da por finiquitada la liquidación. Renuncia. Actos propios. STS, a 05 de octubre de 2022 - ROJ: STS 3605/2022 https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/4223e37f75a8bd93a0a8778d75e36f0d/20221021    Consideraciones:     Siempre he recomendado incluir una clausula de cierre en las liquidaciones de gananciales con expresa renuncia a las acciones de rescisión  por lesión , y dejar constancia de que las partes están debidamente asesoradas, evita problemas de futuro.     La presente Sentencia, muy fundamentada y clarificadora, en aplicación  de las reglas de la buena fe, concede además a la cláusula de cierre la posibilidad  de no poder adicionar bienes cua

Presunción de ganacialidad y aportaciones a fondos de pensiones. STS 21 septiembre de 2022

                                                                                                                            fotografía ©jjrega STS, a 21 de septiembre de 2022 - ROJ: STS 3390/2022 ECLI:ES:TS:2022:3390     Sala de lo Civil     Nº de Resolución:  618/2022     Municipio:  Madrid     Ponente:  MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN     Nº Recurso:  250/2020 RESUMEN:  Sociedad de gananciales. Formación de inventario. Presunción de ganancialida https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/befc0700cc367fe5a0a8778d75e36f0d/20221003   Interesante resolución al estudiar y analizar la presunción de ganancialidad del artículo 1361 del Código civil. En particular respecto de la prueba aportada, llegando a la conclusión que las aportaciones al plan de jubilación gozan de la presunción de ganancialidad, al no haberse acreditado correctamente si esas aportaciones eran o no privativas, y que para desvirtuar dicha presunción “