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Mostrando entradas de noviembre, 2019

PACTOS Y COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL ART. 1438 DEL CÓDIGO CIVIL.

                                                                                                                                     ©jjrega  Autor: Juan José Reyes Gallur             Abogado. En el régimen de separación de bienes nuestro Código Civil establece en el artículo 1.438 que, a la extinción del citado régimen económico, y por lo general como consecuencia de un proceso de separación, divorcio o nulidad, a falta de acuerdo el juez señalará una compensación o indemnización a favor del cónyuge que se haya dedicado a las tareas del hogar y que deberá determinarse en la sentencia que se dicte en el proceso matrimonial. El Tribunal Supremo, Sala 1ª de 24 noviembre 1994 declara la inaplicación de la compensación del artículo 1438 CCiv a las uniones more uxorio o de hecho indicando que tales uniones no pueden equipararse al matrimonio en el que rige el régimen de separación de bienes, lo que no impide que, pueda ser objeto de un pacto en una escritura de unió

LA LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES: ACUMULACIÓN AL PROCESO MATRIMONIAL.

©jjrega Autor: Juan José Reyes Gallur              Abogado Como todos sabemos, en el régimen de separación de bienes los cónyuges establecen, en principio, que existirán dos masas patrimoniales totalmente diferenciadas entre sí, de forma que los bienes y derechos adquiridos constante el matrimonio pertenecerán al cónyuge que los adquiera y a cuya titularidad figuren (“lo mío es mío y lo tuyo es tuyo”). Los cónyuges poseen bienes en comunidad por cuotas o de tipo romano a diferencia de lo que ocurre en el régimen de gananciales en el que la comunidad es en mano común o de tipo germánica. Por tanto, ante la ausencia de un proceso especialmente regulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil específico han de acudir a las normas de extinción del proindiviso de forma individualizada, uno por uno, o acumulando todas en una misma demanda. Sin embargo, desde el año 2012 se permite acumular la división de bienes en común en los procesos matrimoniales, acumulación que tien