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Mostrando entradas de octubre, 2020

CAMBIO DE RESIDENCIA DE LOS MENORES. NUEVO MATRIMONIO DE LA MADRE Y NUEVO HIJO FRUTO DEL NUEVO MATRIMONIO. INTERÉS DE LOS MENORES ES CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO.

  CAMBIO DE RESIDENCIA DE LOS MENORES. NUEVO MATRIMONIO DE LA MADRE Y NUEVO HIJO FRUTO DEL NUEVO MATRIMONIO. INTERÉS DE LOS MENORES ES CUESTIÓN DE ORDEN PÚBLICO. COMENTARIO: La sentencia de la Audiencia provincial de Málaga analiza, con gran rigor jurídico, varias cuestiones relacionadas ante situaciones de nuevos núcleos familiares e hijos de distintas relaciones, unidas al cambio de domicilio de los hijos. Estudia la compatibilidad de los deberes conyugales  del nuevo matrimonio y la custodia de los otros hijos y el derecho a relacionarse con el progenitor no custodio. Realiza un análisis minucioso de las alegaciones extra petita realizadas, cuando esas cuestiones se refieren al interés de los menores, que son, como define la Sentencia, cuestiones de orden público, o la procedencia de la acumulación procesal de un proceso de jurisdicción voluntaria a otro de modificación de medidas. A mi humilde entender es una sentencia muy práctica con muchos detalles jurídicos a tener pres

STS 29/09/2020. Compensación del art. 1438 CC. Interpretación de la expresión de "trabajo para la casa". Valoración de la "precariedad" de las condiciones del trabajo del esposo en el negocio de la esposa.

                                                                                 ©jjrega   ROJ:  STS 3189/2020  - ECLI: ES:TS:2020:3189 ·         STS  29/09/2020   RESUMEN:  Derecho de familia. Compensación del art. 1438 CC. Interpretación de la expresión de "trabajo para la casa". Valoración de la "precariedad" de las condiciones del trabajo del esposo en el negocio de la esposa. http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/6f23f6afd0310ae1/20201020 COMENTARIO             En el régimen de separación de bienes nuestro Código Civil establece en el artículo 1.438 que, a la extinción del citado régimen económico, y por lo general como consecuencia de un proceso de separación, divorcio o nulidad, a falta de acuerdo el juez señalará una compensación o indemnización a favor del cónyuge que se haya dedicado a las tareas del hogar y que deberá determinarse en la sentencia que se dicte en el proceso matrimonial. El Tribunal Supremo, Sala 1ª de 24 noviem

STS 23/09/2020 Extinción del derecho de uso y disfrute de vivienda cuando se contrae matrimonio o crea unión de hecho con una tercera persona quien tiene atribuido el uso de la vivienda.

  COMENTARIO Nuevamente el Tribunal Supremo reitera la doctrina asentada en la sentencia de pleno número 641/2018, de 20 de noviembre, y vuelve a recordar que en los casos de convivencia de un tercero en el domicilio o de un nuevo matrimonio del cónyuge que convive con los hijos a los que se les ha atribuido el uso del domicilio, no es un derecho ilimitado, sino que ha de atemperarse a la realidad social ( necesidad de una reforma legislativa) y a los derechos de los propios padres. Desaparecido por tanto el carácter familiar de la vivienda, por ser ocupada por un tercero, y   dejar de servir a los intereses del anterior matrimonio,   se ha de conceder el plazo de un año de uso,   para que las partes puedan liquidar la sociedad de gananciales, incluyendo al posibilidad de que el excónyuge que vive en el domicilio pueda atribuirse esa vivienda y compensar al otro, venderse y con ese producto adquirir otra vivienda. Pero obviamente esa argumentación, que e parece perfecta, olvida