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Mostrando entradas de octubre, 2024

ASPECTOS LEGALES EN INGRESOS y TRATAMIENTOS AMBULATORIOS INVOLUNTARIOS

                                                                                    ®jjrega ASPECTOS LEGALES EN INGRESOS y TRATAMIENTOS AMBULATORIOS INVOLUNTARIOS   Autor: Juan J. Reyes Gallur Abogado               Partimos del hecho de que más del 32% de las personas mayores de 65 años presentan problemas de salud mental.   En el ejercicio 2022, el 11,32% de las declaraciones del IRPF presentadas en el Territorio de Régimen Fiscal Común ponían de manifiesto la existencia de situaciones de discapacidad en la unidad familiar a la que se refería la declaración, de esta forma podemos entender que los problemas de salud mental no son una minoría y que todos podemos padecerlo, de ahí que en estos temas de...

EVOLUCION DE LA SOCIEDAD: DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE NIÑOS A LAS DE MASCOTAS

                                                                                              ©JJREGA Desde el 5 de enero de 2022 la custodia de las mascotas en caso de separación o divorcio se podrá acordar a favor del cónyuge que no figure como titular del animal. El artículo 91 del CC recoge lo siguiente : En las sentencias de nulidad, separación o divorcio, o en ejecución de las mismas, la autoridad judicial, en defecto de acuerdo de los cónyuges o en caso de no aprobación del mismo, determinará conforme a lo establecido en los artículos siguientes las medidas que hayan de sustituir a las ya adoptadas con anterioridad en relación con los hijos, la vivienda familiar, el destino de los animales de compañía , las cargas del matrimonio, liquidación del rég...

LA GUARDA DE HECHO Y SUS GOTERAS: EFECTOS FISCALES Y EN SEGURIDAD SOCIAL

  Autor: JJ Reyes Gallur. Abogado.  La Ley 8/2021 de 2 de Junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica supone un cambio de mentalidad tanto en lo jurídico como en la propia sociedad. ¿Nos hemos adaptado tras tres años de vigencia? Pues bien, tras esta ley, parece es el momento, según el legislador, de cambiar la mentalidad “proteccionista”, de abandonar el principio del interés de la persona con discapacidad y, en consecuencia, partiendo del reconocimiento de una plena capacidad ir estableciendo las medidas de apoyo que precisa esa persona para ayudar o complementar esa capacidad jurídica. Este cambio conlleva en definitiva que ha de respetarse el principio de autonomía de la voluntad que necesariamente debería tener como consecuencia la desjudicialización de estos temas. Hablamos de desjudicialización o de un principio de intervención mínima, desde una doble vertiente, la pr...