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RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES: RECLAMACIONES AL OTRO CÓNYUGE AL AMPARO DEL 1158 DEL CÓDIGO CIVIL.

Autor: Juan José Reyes Gallur, Abogado                                                                                                                 ®jjrega En situaciones de crisis matrimonial las partes comienzan a rebuscar papeles, facturas de pagos hechos por el otro, y con ellos, al estar en el régimen de separación de bienes o en parejas de hecho se ejercita una reclamación o acción sobre la base del artículo 1158 del Código Civil, es decir el pago por tercero, y repitiendo aquello que haya sido de utilidad al mismo, en este caso su ex cónyuge o expareja, invocando además la aplicación del 1.438 del CC. Sin embargo   esta cuestión no es sencilla ni mucho menos, pues podemos entender que...

CALLADITOS ESTAMOS MEJOR

Autor: Juan José Reyes Gallur, abogado                                                                                                                                                                   ®jjrega En los asuntos matrimoniales siempre decimos que las partes han de hablar entre ellas para llegar a un acuerdo, que  lo mejor es el diálogo , que son temas personales y subjetivos que atañen a las partes y que ellas deben buscar el acuerdo, esa más o menos es la base de la mediación, que el acuerdo lo alcancen ellos. Pero claro, la diferencia entre estar en mediación...

LAS BARBIES Y EL DERECHO DE FAMILIA

Autor: Juan José Reyes Gallur, abogado Quién lo iba a decir, las  barbies entran de lleno en el derecho de familia  y en las complicaciones de los bienes gananciales. Recientemente la Audiencia Provincial de Las Palmas se ha pronunciado sobre el  carácter ganancial o no de una colección de estas famosas muñecas , y obviamente a todos se nos esboza una sonrisa y pensar lo jocoso y simple del derecho de familia, pero eso no es así. La sentencia de fecha  29 de septiembre de 2014  de la referida Audiencia ha tratado y analizado en profundidad la  presunción de ganancialidad  de los bienes que integran la sociedad de gananciales (art. 1.361 del Código civil), precisamente a la hora de incluir o excluir del activo esta partida, en concreto una colección de 150 muñecas. Uno de los cónyuges alegaba el carácter privativo al ser donaciones u obsequios del otro y no ser de extraordinario valor, invocando los artículos  1.346.2 y 134...

Comentario STS 30 abril 2013: Nacimiento de nuevos hijos y cambio de circunstancias.

Autor: Juan José Reyes Gallur, abogado       Fotografía museo aire libre  Hakone, Japón©jjrega El Tribunal Supremo dictó una sentencia que crea doctrina jurisprudencial en esta materia del derecho, materia que día a día se actualiza y adapta a la realidad social. Me refiero a la  sentencia  de 30 de abril del año 2013, de la que es ponente D. Jose Antonio Seijas Quintana, y que resuelve la controversia existente entre las distintas audiencia provinciales respecto de si la nueva descendencia es o no una causa o motivo suficiente como para instar la modificación de los alimentos fijados en anterior sentencia o convenio. Hasta ahora teníamos Audiencias Provinciales que consideran que el nacimiento de nuevos hijos, fruto de una relación posterior, no supone, por sí solo, una alteración de circunstancias que permita reducir las pensiones alimenticias establecidas para con los hijos de una relación anterior, toda vez que dicha situación deriva d...

Cargas del matrimonio y cargas de la sociedad de gananciales

Autor: Juan José Reyes Gallur, abogado                                                       Fotografía: escultura realizada con mantas. Amsterdam   ©jjrega Con respecto al concepto de cargas hemos de diferenciar lo que son cargas de la sociedad de gananciales del  1362  del Código civil    (que podemos definir como cargas del régimen económico matrimonial) de las verdaderas cargas del matrimonio que en puridad son comunes a cualquier régimen económico y a la que han de contribuir ambos cónyuges. La noción de cargas del matrimonio debe identificarse con la de sostenimiento de la familia, debiendo ser atendidas tales cargas por ambos cónyuges en cuanto abarcan todas las obligaciones y gastos que exija la conservación y adecuado sostenimiento de los bienes del matrimonio y los contraídos en beneficio de la unidad fa...

¿Es válido el pacto de renuncia a percibir una pensión tras la ruptura de la vida matrimonial?

Autor: Juan José Reyes Gallur, abogado                                                                                  ©jjrega Ante la pregunta de si sería viable un pacto de renuncia previa a una pensión compensatoria, indemnización o compensación no existe un criterio unánime en la doctrina y la jurisprudencia en relación a la validez y eficacia de la renuncia efectuada en un pacto prematrimonial. Los  partidarios de la invalidez  de estos pactos entienden que solo cabe  la renuncia respecto de aquellos derechos que se hallen en el patrimonio jurídico del renunciante, y dado que el derecho  a la compensación (pensión compensatoria o indemnización o compensación)  surge en  el momento de la ruptura, la renuncia previa no puede ser váli...

Interpretación del significado de "vida marital" como causa de extinción de la pensión compensatoria en la STS 9 de febrero de 2012

Autor:  Juan José Reyes Gallur Abogado                                                                                                     ©jjrega         El Tribunal Supremo nos hace llegar su doctrina sobre una de las causas de extinción de la pensión compensatoria, que ha generado multitud de pleitos y distintas resoluciones. Me refiero a la causa de extinción prevista en el artículo 101 del Código civil por  “vivir maritalmente con otra persona” el beneficiario de la pensión compensatoria.       La  sentencia de 9 de febrero de 2012, ( Id Cendoj: 28079110012012100054)  ponente, Dª Encarnación Roca, nos dice que es convivencia marital “ una relación sentimental de un a...