Ante la actual situación y distintos criterios que se están adoptando por los Juzgados de Familia os paso un cuadro donde recojo de forma resumida los mismos, desde los más amplios a los más restrictivos, algunos Me remito a mi anterior entrada, ( https://novedadesderechodefamilia.blogspot.com/2020/03/regimen-de-visitas-y-coronavirus-ante.html) manteniendo lo expuesto en la misma, coincida o no con los acuerdos de los Jueces de Familia. Os recomiendo que cada letrado consulte en su partido judicial, porque aquí, lo de que "cada maestrillo tiene su librillo", es absolutamente cierto. Nota de la Fiscalía General del Estado https://drive.google.com/open?id=1xC5Qu9i0sOJKZhtaGCWtmrWuHOKoF9sk 1.- El citado Real Decreto , en su artículo 7, permite la circulación por las vías de uso público para la realización de determinadas actividades, entre las que incluye ( epígrafe e) la asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o per...
Análisis de la jurisprudencia y novedades en materia de Derecho de Familia.