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Mostrando entradas de julio, 2024

Análisis/ resumen jurisprudencial del Tribunal Supremo en materia de apropiación indebida, administración desleal, en sociedad de gananciales pendientes de liquidación.

  Jurisprudencial del Tribunal Supremo en materia de apropiación indebida, administración desleal, en sociedad de gananciales pendientes de liquidación.   STS, a 20 de junio de 2024 - ROJ: STS 3579/2024 Delito de administración desleal. Matrimonio contraído bajo régimen de gananciales, que, tras divorcio, en procedimiento de liquidación de la sociedad, formado inventario de bienes y derechos, el marido se apropia de los derechos que le correspondían a la mujer. Motivo por error iuris: son bienes gananciales, aunque sean producto de bienes privativos. Acuerdo del Pleno de 24 de junio de 2005: "el régimen de sociedad de gananciales no es obstáculo para la comisión del delito de apropiación indebida en su modalidad de distracción, por uno de los cónyuges, sin perjuicio de la aplicación en su caso de la excusa absolutoria". https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/dacd03bce86547aca0a8778d75e36f0d/20240705 Los hechos se sitúan a partir de la sentencia de divorcio del ma

STS 18-06-2024 Curatela representativa frente a guarda de hecho:Una alternativa legal no tiene por qué convertirse en una imposición legal.

  STS, a 18 de junio de 2024 - ROJ: STS 3527/2024 RESUMEN: Provisión judicial de apoyos y guarda de hecho. Procedencia de la curatela con funciones de representación en un supuesto en que el curador es una hijo que de hecho se está haciendo cargo del cuidado de su madre. Se reitera la jurisprudencia contenida en las sentencias 1443 y 1444/2023, de 20 de octubre, en la interpretación del art. 255 CC: "(...) del mismo modo que no es necesario constituir una curatela cuando los apoyos que precisa esa persona están cubiertos por una guarda de hecho, nada impide que, aun existiendo hasta ahora una guarda de hecho, pueda constituirse una curatela, si las circunstancias del caso lo muestran más conveniente prestar mejor ese apoyo". https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/f818a37b0306aa04a0a8778d75e36f0d/20240704 SEGUNDO. Recurso de casación 1.       Formulación del motivo. El motivo denuncia infracción de los arts. 250, 255, 264 y 269 CC, porque la sentencia de a

STS 12 de junio de 2024 Proporcionalidad de las medidas de apoyo con las necesidades de la persona

                                                                                             fotografía ©jjrega STS, a 12 de junio de 2024 - ROJ: STS 3430/2024 RESUMEN: Provisión judicial de apoyos. Curatela. A la vista del juicio de capacidad realizado en la instancia, la sentencia recurrida infringe las exigencias contenidas en el art. 268 CC, en cuanto que el contenido y alcance de la curatela no guarda relación con las necesidades detectadas, provocadas por la discapacidad. Las necesidades provocadas por los trastornos psíquicos afectan esencialmente, dentro del ámbito personal, al tratamiento médico y a la desmesurada actividad de denuncia judicial desarrollada como consecuencia del delirio que padece. La medida de apoyo acordada, por su contenido (una curatela representativa que afecta a todos los actos de la persona, personal y patrimonial), no es proporcional con las necesidades provocadas por los trastornos psíquicos que sufre Brigida. https://www.poderjudicial.es/search/