SAP MA 1763/2020 18 de marzo de dos mil veinte. Valor de los convenios prematrimoniales y de los no ratificados.
©jjrega SAP MA 1763/2020 18 de marzo de dos mil veinte Id Cendoj: 29067370062020100695 http://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/af4db0b4bfb73b3e/20210222 COMENTARIO Como ya analicé en una anterior entrada de este blog, generalmente no se suele dar valor ni tener precaución a la hora de la firma de un convenio regulador. Se suelen incluso titular como “propuesta de convenio” y más de una vez he oído que “esto no vale hasta que se ratifique a presencia judicial”, pero si bien la no ratificación del convenio conlleva que no se pueda dictar la sentencia de separación o divorcio, no significa que los pactos en él contenido sean váli...